ORDENANZA: OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA


El Intendente Municipal, Dr. Luis Larrañaga promulgó la Ordenanza N° 5269/15 en la cual se regula la ocupación de la vía pública, con mesas y sillas por parte de personas físicas y/o jurídicas que cuenten con una habilitación comercial, donde los clientes consuman lo adquirido en el local.


La autoridad de aplicación de esta Ordenanza será la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas; quienes deseen ocupar la vía pública deberán solicitar el permiso pertinente a la autoridad de aplicación con el plano de mobiliario de la ocupación y autorización de los linderos si los hubiese.


Los permisos serán de carácter precario y revocable, duraran un año y su otorgamiento dependerá del cumplimiento de todo lo regulado por la presente ordenanza.


La ocupación sólo podrá realizarse con mesas y sillas de tipo móvil, deberá dejar para el tránsito peatonal un espacio mínimo de 1,20 metros, deberá señalizarse con cebrado amarillo y simbología que hagan mención a personas con discapacidad y paso peatonal.


Al primer incumplimiento la multa será equiparada a un sueldo correspondiente a la categoría 16 del personal de la Municipalidad de Santa Rosa; al segundo incumplimiento la multa será el correspondiente a dos sueldos de la mencionada categoría y al tercer incumplimiento a 3 sueldos y la revocación del permiso de ocupación de la vía pública con mesas y sillas.


Para mayor información sobre límites, disposiciones particulares y excepción los interesados pueden consultar la mencionada norma.

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